La Ley ofrece a la persona sometida a juicio la posibilidad de llegar a un acuerdo con el Fiscal y los Abogados de la acusación, para que reconociendo los hechos y aceptando las penas, evite la celebración del juicio.
Este tipo de acuerdo puede ser muy beneficioso para todos los afectados, puesto que para los perjudicados les garantiza una condena y la correspondiente indemnización, y para el acusado le supone generalmente una rebaja sustancial de la pena que, en muchos casos, le permitirá evitar el ingreso en prisión.
Para decidir si es conveniente aceptar este tipo de acuerdos, el acusado necesita estar muy bien asesorado de los pros y contras, siendo imprescindible contar con la ayuda de su Abogado en todo momento, que será el que podrá hacerle ver que tipo de decisión será la mejor para sus intereses, puesto que una elección a la ligera puede tener graves consecuencias para el condenado.