El funcionamiento de la declaración ante el Juzgado variará según la importancia y gravedad del asunto, pero hay algunos elementos que se dan en todas las declaraciones judiciales, como son la lectura de Derechos y la asistencia obligatoria de Abogado. A partir de estas premisas mínimas, la forma de practicar las declaraciones en el Juzgado puede varias en cada caso.
Si el asunto no reviste especial gravedad y el declarante no está detenido, en muchos Juzgados se opta por tomar la declaración por parte de un Funcionario Judicial en presencia del Abogado del investigado. Ahora bien, en los casos de mayor gravedad la declaración se realiza ante el Juez o Jueza y con la intervención del Fiscal y todos los abogados intervinientes.
En muchas ocasiones nos encontramos que quien va a prestar declaración, se encuentra en una sala llena de gente que no sabe quién son y que le van haciendo preguntas. Por ello nuestro Abogado nos explicará claramente quien es cada uno de los presentes, para que podamos tener claro los intereses que defienden cada uno de los que nos preguntan. De este modo decidiremos si queremos contestar las preguntas de todos los presentes, o solo responderemos a las preguntas de alguno de ellos.
Es muy común que quien declara solo responda a las preguntas del Juez o del Fiscal, negándose a responder las preguntas de los abogados de los perjudicados o de otros acusados, que podrían hacerle caer en algún renuncio inconveniente. Esta es una estrategia de defensa que deberá valorar nuestro Abogado, y que tampoco puede fijarse de forma general sin valorar las circunstancias del caso concreto. Así, por ejemplo, hay casos en los que conviene facilitar la investigación para llegar a un acuerdo con las acusaciones para rebajar la pena, y en estos casos puede ser interesante que el declarante conteste todas las preguntas que formulen las acusaciones, con la finalidad de demostrar colaboración con la Justicia y facilitar un acuerdo de conformidad con la pena rebajada.
El lugar donde se desarrolla la declaración también varía según la gravedad del caso y la disponibilidad del propio Juzgado, pudiendo celebrarse en la propia Oficina Judicial frente la mesa del Funcionario, o en una Sala Polivalente, o incluso en la Sala de Vistas donde se desarrollan los Juicios.
La persona que dirigirá el interrogatorio es el Juez o Jueza, que determinará igualmente el orden de formulación de las preguntas de acuerdo con la Ley, y lo que es más importante, decidirá si las preguntas son pertinentes o no atendiendo a los criterios legales establecidos para evitar que se pregunten cuestiones que no tienen que ver con el caso, o que se pregunte de una forma que pueda llevar a confusión al declarante.
En cualquier caso es importante que declaremos de forma tranquila y pausada, escuchando bien la pregunta y tomándonos nuestro tiempo para responder sin presiones ni nervios.
Si no entendemos lo que nos preguntan y nos surgen dudas al respecto, debemos manifestarlo para que reformulen la pregunta de forma más sencilla y clara, y si aun así no la entendemos, es mejor no contestar que no contestar algo que no hemos entendido. Esto es muy importante porque los Jueces, Fiscales y Abogados utilizamos un lenguaje que puede no ser comprendido por el declarante, y esto jamás nos debe perjudicar, exigiendo el uso de términos sencillos y claros para que los podamos comprender.
a) No debemos tener ninguna vergüenza en decir que no hemos entendido la pregunta y pedir que se nos aclare. Lo cierto es que en muchos casos ninguno de los presentes ha entendido exactamente lo que se pregunta, y en muchos casos da la impresión que no ha entendido la pregunta ni el que la formula.
b) Olvidémonos de lo visto en las películas y series americanas. El sistema de Procedimiento Penal Español es completamente distinto y no oiremos “¡protesto!” ni juramentos ante la Biblia durante las declaraciones.